En este artículo detallamos los pasos a seguir para solicitar un punto de conexión para instalaciones solares de autoconsumo de más de 10 kW. Para ello tiramos de la legislación vigente en el Real Decreto 1699/2011 sobre la conexión a red de instalaciones de producción eléctrica de pequeña potencia.
Las partes más interesantes en la ejecución de un proyecto fotovoltaico son el Articulo 4 y 5 del RD:
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-19242
Los datos que debe tener el documento a enviar a la distribuidora están definidos en el Articulo 4 punto 1 del RD. Es importante conocer el punto 2 y 3 de este mismo artículo por lo cual si tenemos algún error o nos hemos dejado un documento la distribuidora tiene 10 días para solicitar que lo modifiquemos o incorporemos nuevos documentos. También se especifica que no habrá coste alguno para el estudio de la conexión.
Nota: Este RD estipula el aval necesario, pero no menciona su valor, que en este caso es de 40€/kWp.
Igualmente interesante es el artículo 5, donde se especifica los tiempos máximos de contestación de la distribuidora. También trata temas como la resolución de conflictos en caso de no obtener respuesta o estar disconforme con la respuesta de la distribuidora.
El caso más común es que nos encontremos el procedimiento que sigue cada distribuidora en su página web. Por ejemplo Endesa, nos detalla este procedimiento en un pdf: https://www.edistribucion.com/content/dam/edistribucion/formulariosnnss/GuiaAutocosumoESPV4.pdf
Allí nos indican claramente que tenemos que rellenar un formulario que encontramos en la web https://www.edistribucion.com
En resumen, pedir un punto de conexión es un proceso reglado que implica un proceso establecido por RD y que muchas distribuidoras han adaptado en modelos propios. Sin embargo, aún quedan algunas distribuidoras sin un proceso estándar y este artículo nos puede ayudar a agilizar estos trámites con las distribuidoras menos organizadas.
PD. A Catalunya, tenemos un procedimiento reglado de resolución de conflictos para distribuidoras que incumplen los plazos establecidos: http://empresa.gencat.cat/es/treb_ambits_actuacio/energia-i-mines/recursos/faq/energia/index.html#distribuidora_746d25fd-2db8-11e4-bd6d-000c29cdf219_1